Hay muchas personas que se deciden a comprar una vivienda pero no cuentan con el dinero suficiente para pagarla al contado, por lo que habitualmente, se acude a una entidad bancaria para solicitar un préstamo hipotecario.
La cuestión es que estos préstamos hipotecarios suelen tener plazos de amortización muy largos y durante todo ese tiempo, o bien pueden cambiar nuestras circunstancias económicas y personales o bien el mercado hipotecario puede haber cambiado, por lo que quizás, en algún momento nos planteamos cambiar las condiciones de la hipoteca.
En Apialia Costa Daurada te contamos en qué consiste la subrogación hipotecaria.
La subrogación hipotecaria consiste en realizar un cambio en las condiciones de una hipoteca con el objetivo de mejorarlas cambiando de entidad bancaria.
Por lo general, la subrogación hipotecaria es una opción para mejorar el tipo de interés o cambiar los plazos del préstamo, aunque existe la posibilidad de poder modificar otras cláusulas:
- Negociar con el nuevo banco las condiciones hipotecarias para cambiar los productos combinados, como por ejemplo: el seguro de vida y el seguro de hogar para reducir el coste de la hipoteca.
- Negociar nuevas comisiones con la nueva entidad bancaria, para que en el caso de hacer amortizaciones anticipadas, la comisión de amortización, sea más barata.
- Negociar la ampliación del plazo de amortización del préstamo hipotecario para conseguir una cuota mensual más baja aunque, en este caso, se estarán pagando más intereses.
En el caso de que compremos una vivienda nueva a un promotor, la subrogación hipotecaria serviría para cambiar el titular del préstamo, es decir, el comprador sería el nuevo titular de esa hipoteca que la promotora había solicitado para construir las viviendas.
Los gastos que conlleva una subrogación hipotecaria corresponden al banco: notaría registro, gestoría e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, por su parte, el cliente, tendrá que asumir la tasación de la vivienda y la comisión de subrogación, que es un límite que dependerá del año en el que se firmó la otra hipoteca.